La acción de tutela es un recurso de queja o reclamo individual de cada ciudadano. Así, en defensa de sus derechos constitucionales, cualquier colombiano puede acudir ante los jueces, denunciar la violación de un derecho y obtener de la justicia un fallo que restablezca el derecho afectado. La acción de tutela busca, entre otros, la protección de los derechos a la vida, la integridad personal, la igualdad, la intimidad, la autonomía, la libertad de conciencia, la libertad de expresión y la libertad de asociación.
La acción de tutela es considerada la más efectiva herramienta de defensa de los derechos fundamentales y el artículo más popular y más invocado de la Constitución de 1991. A partir de su aparición se convirtió rápidamente en una medida de uso común, en el mayor hito de la nueva Constitución y, a la vez, en el mecanismo que dio a conocer masivamente la Carta Política y la acercó, como ninguna otra en la historia, a todos los colombianos.
La acción popular es uno de los mecanismos de protección de los derechos e intereses colectivos de un grupo de personas (más de 20) a quienes posiblemente en un futuro se les vaya a vulnerar un derecho mediante una misma acción, es decir, en este caso la vulneración al derecho no ha ocurrido pero si no se previene mediante la interposición de esta acción posiblemente ocurra.
¿Quiénes pueden interponer una acción popular?
Cualquier persona bien sea natural o jurídica, lo importante es que represente a un grupo de más de 20 personas. Para ejercitar esta acción no se requiere actuar a través de abogado ya que si se desea puede hacerlo usted mismo.
¿Qué término existe para interponer las acciones populares?
Esta acción no tiene termino de caducidad , por lo tanto puede ser interpuesta en cualquier momento teniendo en cuenta que lo importante es que la vulneración no haya ocurrido caso en el cual dejaría de ser aplicable esta acción y procedería otra.
ACCIÓN DE GRUPO:
¿Qué es la acción de grupo?
La acción de grupo es una figura jurídica que sirve para posibilitar la indemnización de perjuicios causados a un número plural de personas, sin perjuicio de la procedencia de las acciones particulares.
¿Cuáles es la finalidad de las acciones de grupo?
Esta acción tiene como finalidad exclusiva el reconocimiento y pago de la indemnización de los perjuicios originados tanto por la vulneración de derechos colectivos, como de derechos subjetivos de origen constitucional o legal.
¿Qué tipo de derechos protege las acciones de grupo?
Todos aquellos derechos relacionados con ambiente sano, moralidad administrativa, espacio público, patrimonio cultural, seguridad y salubridad pública, servicios públicos, consumidores y usuarios, libre competencia económica, etc.
ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO:
¿Qué es?
Es un mecanismo consagrado en la Constitución, cuyo objetivo es asegurar que las leyes no se queden en el papel sino que se cumplan en la realidad. Es una especie de hermana gemela de la tutela.
Mediante ella toda persona a quien afecte el incumplimiento de una norma con fuerza de ley (leyes, decretos extraordinarios, decretos legislativos) o acto administrativo puede reclamar ante la autoridad judicial su cumplimiento.
¿Quién la presenta?
Cualquier persona puede presentar la acción de cumplimiento.
¿Cuándo se solicita?
Solo se puede intentar cuando no exista otro medio de defensa judicial.
Si usted se ve afectado por el incumplimiento de una ley o acto administrativo, reclame a la autoridad encargada de su cumplimiento, si ella se ratifica en su incumplimiento o no contesta dentro de los 10 días siguientes, puede interponer acción verbal (sino sabe leer, ni escribir, es menor de edad o se encuentra en situación de extrema urgencia) o por escrito ante el tribunal contencioso administrativo de su domicilio para hacer efectivo el cumplimiento de la norma.
¿Ante quién se interpone?
Ante el juez administrativo del domicilio del accionante. Mientras entran en funcionamiento los Jueces administrativos se adelanta ante el tribunal contencioso administrativo del departamento.
¿Qué es?
Es el mecanismo mediante el cual una persona puede reclamar ante un juez especial (Justicia Contencioso Administrativa) por un acto o circunstancia que nace de las Entidades públicas o privadas que cumplen funciones administrativas.
Es aquella destinada al conocimiento y aplicación del Derecho en el orden administrativo o del Derecho administrativo, es decir, el referente al conjunto normativo destinado a la regulación de la actividad de la Administración pública en su versión contenciosa o del control de la legalidad y del sometimiento de ésta a los fines que la justifiquen. Así como para atender los recursos de los administrados contra resoluciones de la administración que consideran injustas. Según los países, puede ser una parte de la administración de justicia (como en España), o puede corresponder a un alto órgano de la administración (generalmente un Consejo de Estado, como en Francia).
¿Cuales son las acciones contenciosas?
Acción pública de nulidad: Se interpone contra los actos administrativos que violen o atenten contra la Constitución o las Leyes que nos rigen con el fin de que se anule.
Acción de nulidad y restablecimiento del Derecho: Se interpone contra un acto particular y concreto de una Entidad y/o funcionario público para que se restablezca el Derecho violado al ciudadano a través de su anulación.
Acción de reparación directa: Interpuesta por la violación de derechos particulares contra hechos, operaciones u omisiones no voluntarias de la administración pero ocasionados por una falla en el servicio por una actividad peligrosa de la administración, privación injusta de la libertad o rompimiento de la igualdad ante las cargas públicas.
Conclusión:
Todos y cada uno de estos mecanismos creados por la constitución del 1991, son herramientas muy útiles para los colombianos. Tenerlos en cuenta y utilizarlos siempre y cuando realmente sean necesarios, ya que el mal uso de ellos puede llegar a saturar las decisiones judiciales.
Estos mecanismos de participación ciudadana han mejorado la calidad de vida de quienes han recurrido a ellos, tanto en el ámbito social, económico y político. Saber que existen y utilizarlos como bien corresponde, y no dejarlos solo en el papel es compromiso de cada colombiano.
Autores:
Juan José González Dávila
David Andrés Soto Uribe
Cibergrafía:
http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-188081
http://www.semana.com/nacion/articulo/el-origen-desarrollo-accion-tutela-colombia/241093-3
https://misabogados.com.co/blog/que-es-la-accion-popular/
http://personeriapopayan.gov.co/accion-contencioso-administrativa/
https://es.wikipedia.org/wiki/Jurisdicci%C3%B3n_contencioso-administrativa
http://www.reddhfic.org/index.php?option=com_content&view=article&id=60&Itemid=143
http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-326954
https://es.slideshare.net/DANNY199901/mecanismos-para-la-proteccion-de-los-derechos-humanos-46378283
https://misabogados.com.co/blog/que-es-la-accion-de-grupo/
ACCIÓN POPULAR:
¿Qué es?
¿Qué tipo de derechos protegen las acciones populares?
Todos aquellos derechos relacionados con el ambiente sano, moralidad administrativa, espacio público, patrimonio cultural, seguridad y salubridad pública, servicios públicos, consumidores y usuarios, libre competencia económica, etc.¿Quiénes pueden interponer una acción popular?
Cualquier persona bien sea natural o jurídica, lo importante es que represente a un grupo de más de 20 personas. Para ejercitar esta acción no se requiere actuar a través de abogado ya que si se desea puede hacerlo usted mismo.
¿Qué término existe para interponer las acciones populares?
ACCIÓN DE GRUPO:
¿Qué es la acción de grupo?
La acción de grupo es una figura jurídica que sirve para posibilitar la indemnización de perjuicios causados a un número plural de personas, sin perjuicio de la procedencia de las acciones particulares.
¿Cuáles es la finalidad de las acciones de grupo?
Esta acción tiene como finalidad exclusiva el reconocimiento y pago de la indemnización de los perjuicios originados tanto por la vulneración de derechos colectivos, como de derechos subjetivos de origen constitucional o legal.
¿Qué tipo de derechos protege las acciones de grupo?
Todos aquellos derechos relacionados con ambiente sano, moralidad administrativa, espacio público, patrimonio cultural, seguridad y salubridad pública, servicios públicos, consumidores y usuarios, libre competencia económica, etc.
ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO:
¿Qué es?
Es un mecanismo consagrado en la Constitución, cuyo objetivo es asegurar que las leyes no se queden en el papel sino que se cumplan en la realidad. Es una especie de hermana gemela de la tutela.
Mediante ella toda persona a quien afecte el incumplimiento de una norma con fuerza de ley (leyes, decretos extraordinarios, decretos legislativos) o acto administrativo puede reclamar ante la autoridad judicial su cumplimiento.
¿Quién la presenta?
Cualquier persona puede presentar la acción de cumplimiento.
Solo se puede intentar cuando no exista otro medio de defensa judicial.
Si usted se ve afectado por el incumplimiento de una ley o acto administrativo, reclame a la autoridad encargada de su cumplimiento, si ella se ratifica en su incumplimiento o no contesta dentro de los 10 días siguientes, puede interponer acción verbal (sino sabe leer, ni escribir, es menor de edad o se encuentra en situación de extrema urgencia) o por escrito ante el tribunal contencioso administrativo de su domicilio para hacer efectivo el cumplimiento de la norma.
¿Ante quién se interpone?
Ante el juez administrativo del domicilio del accionante. Mientras entran en funcionamiento los Jueces administrativos se adelanta ante el tribunal contencioso administrativo del departamento.
ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO:
¿Qué es?
Es el mecanismo mediante el cual una persona puede reclamar ante un juez especial (Justicia Contencioso Administrativa) por un acto o circunstancia que nace de las Entidades públicas o privadas que cumplen funciones administrativas.
Es aquella destinada al conocimiento y aplicación del Derecho en el orden administrativo o del Derecho administrativo, es decir, el referente al conjunto normativo destinado a la regulación de la actividad de la Administración pública en su versión contenciosa o del control de la legalidad y del sometimiento de ésta a los fines que la justifiquen. Así como para atender los recursos de los administrados contra resoluciones de la administración que consideran injustas. Según los países, puede ser una parte de la administración de justicia (como en España), o puede corresponder a un alto órgano de la administración (generalmente un Consejo de Estado, como en Francia).
¿Cuales son las acciones contenciosas?
Acción pública de nulidad: Se interpone contra los actos administrativos que violen o atenten contra la Constitución o las Leyes que nos rigen con el fin de que se anule.
Acción de nulidad y restablecimiento del Derecho: Se interpone contra un acto particular y concreto de una Entidad y/o funcionario público para que se restablezca el Derecho violado al ciudadano a través de su anulación.
Acción de reparación directa: Interpuesta por la violación de derechos particulares contra hechos, operaciones u omisiones no voluntarias de la administración pero ocasionados por una falla en el servicio por una actividad peligrosa de la administración, privación injusta de la libertad o rompimiento de la igualdad ante las cargas públicas.
Conclusión:
Todos y cada uno de estos mecanismos creados por la constitución del 1991, son herramientas muy útiles para los colombianos. Tenerlos en cuenta y utilizarlos siempre y cuando realmente sean necesarios, ya que el mal uso de ellos puede llegar a saturar las decisiones judiciales.
Estos mecanismos de participación ciudadana han mejorado la calidad de vida de quienes han recurrido a ellos, tanto en el ámbito social, económico y político. Saber que existen y utilizarlos como bien corresponde, y no dejarlos solo en el papel es compromiso de cada colombiano.
Autores:
Juan José González Dávila
David Andrés Soto Uribe
Cibergrafía:
http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-188081
http://www.semana.com/nacion/articulo/el-origen-desarrollo-accion-tutela-colombia/241093-3
https://misabogados.com.co/blog/que-es-la-accion-popular/
http://personeriapopayan.gov.co/accion-contencioso-administrativa/
https://es.wikipedia.org/wiki/Jurisdicci%C3%B3n_contencioso-administrativa
http://www.reddhfic.org/index.php?option=com_content&view=article&id=60&Itemid=143
http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-326954
https://es.slideshare.net/DANNY199901/mecanismos-para-la-proteccion-de-los-derechos-humanos-46378283
https://misabogados.com.co/blog/que-es-la-accion-de-grupo/



